| A través de este mecanismo tenemos estructurados portafolios de inversión, con rentabilidades superiores al promedio del mercado. |
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Confianza |
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La Fiduciaria de conformidad con el acto jurídico suscrito y con base en lo establecido en la Ley, da cumplimiento estricto de las instrucciones allí contenidas, convirtiéndose en el fiel de la balanza. |
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Confidencialidad |
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En ejercicio de sus actividades, vela por la guarda del secreto fiduciario a ella confiada. |
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Seguridad |
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La Fiduciaria ejecuta la totalidad de las obligaciones adquiridas en virtud al contrato fiduciario o con base en la Ley, con la premisa del cumplimiento eficiente y profesional de los fines para los que fue celebrado el fideicomiso, contando con el respaldo y apoyo del Grupo Mundial. |
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Fidelidad |
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El mayor y primordial interés que le asiste a la Fiduciaria, es el de cumplir con la voluntad establecida por las partes en el acto de constitución del Fideicomiso, sin ir más allá de este o de lo impuesto por la ley. |
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Profesionalismo |
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Para realizar la actividad fiduciaria, y con base en esta, cumplir con los fines esperados y determinados por los Fideicomitentes o Constituyentes, es indispensable que la totalidad de las gestiones encomendadas a la Fiduciaria, se realicen no solamente por profesionales, sino por personas técnicas, idóneas y expertos en el negocio fiduciario, con la experiencia necesaria en el mismo. |
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Indelegabilidad |
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La fiduciaria no puede delegar las actividades, obligaciones ni responsabilidades adquiridas en la administración de un fideicomiso. |
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Inembargabilidad |
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Al suscribirse un fideicomiso se conforma un patrimonio autónomo que no es sujeto de embargos por terceros, a menos que el mismo se haya creado con la finalidad de defraudar a terceros. |
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Flexibilidad |
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El acto jurídico permite al Fideicomitente definir de conformidad con sus necesidades el fin que se busca, el mismo que se llevará a cabo a través del fideicomiso. |
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Onerosidad |
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La actividad que desarrolla la Fiduciaria en función al fideicomiso por ella suscrito, obtendrá una remuneración. |
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Independencia |
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La Fiduciaria mantendrá el Fideicomiso separado de su propio patrimonio y de otros que administre. |
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Solemnidad |
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El fideicomiso se llevará a cabo mediante un acto jurídico que requiere de un contrato que se suscribirá entre las partes intervinientes en el negocio, acto que podrá ser mediante una escritura pública o documento privado, de conformidad con las características del negocio a realizar y con base en el tipo de bienes que son transferidos al Fideicomiso.
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